Ampliación IMMEX para Mercancías Sensibles | TradeLaw Advisors
Secretaría de Economía · Regla 3.3.1 y Anexo II

Ampliación del Programa IMMEX para mercancías sensibles

Las Compañías con Programa IMMEX que pretendan importar temporalmente mercancías sensibles deben obtener una autorización específica de la Secretaría de Economía.

En TradeLaw Advisors by FAS acompañamos a las Compañías en el diagnóstico, estructuración y gestión de la ampliación de su Programa IMMEX, coordinando la información productiva, aduanera, fiscal y documental necesaria para sustentar los volúmenes solicitados y su capacidad productiva instalada.

Marco Normativo

¿Qué es una ampliación IMMEX para mercancías sensibles?

En términos generales, un Programa IMMEX permite utilizar las fracciones arancelarias necesarias para desarrollar los procesos autorizados sin tramitar ampliaciones individuales. Sin embargo, esa facilidad no aplica a mercancías sensibles.

Por ello, cuando una Compañía pretende importar temporalmente mercancías comprendidas en el **Anexo II del Decreto IMMEX** o en el **Anexo 3.3.2 de las Reglas de la Secretaría de Economía**, debe obtener una autorización específica de ampliación. La propia regulación distingue expresamente entre el Programa IMMEX nuevo y la posterior “ampliación para importar mercancías sensibles”.

Mensaje Clave de Cumplimiento

Certeza Operativa

Tener un Programa IMMEX no significa automáticamente estar autorizado para importar temporalmente mercancías sensibles.

Clasificación Regulada

¿Cuáles son las mercancías sensibles del Programa IMMEX?

El Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) identifica actualmente como mercancías sensibles aquellas comprendidas en el Anexo II del Decreto IMMEX y en el Anexo 3.3.2 de las Reglas de la Secretaría de Economía.

Grupo Referencia General y Cobertura Normativa
Azúcar Determinadas mercancías y jarabes del sector azucarero.
Productos siderúrgicos Hierro, acero y determinados productos derivados siderúrgicos.
Textiles Determinadas fibras, tejidos, prendas de vestir y productos confeccionados.
Aluminio Mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias identificadas por la regulación.
Minerales de hierro Determinados minerales comprendidos en las fracciones correspondientes del Anexo 3.3.2.
Tabaco Determinados productos relacionados con el tabaco y sucedáneos procesados.
Neumáticos Mercancías y llantas usadas o renovadas identificadas en el Anexo 3.3.2.

Esta clasificación debe mostrarse como categorías generales, no como sustituto de una revisión arancelaria. La sensibilidad jurídica de la mercancía depende de su fracción arancelaria específica, no únicamente de su descripción comercial. SNICE actualmente enumera precisamente azúcar, productos siderúrgicos, textiles, aluminio, minerales de hierro, tabaco y neumáticos. (Snice)

Perfil de Aplicación

¿Quién necesita tramitar una ampliación de mercancías sensibles?

La regla 3.3.1 es particularmente clara al establecer que el Capítulo 3.3 aplica a empresas con Programa IMMEX que pretendan realizar la importación temporal y retorno de mercancías sensibles.
La ampliación aplica a una Compañía que:

1

Ya cuenta con un Programa IMMEX.

2

Pretende realizar nuevas importaciones temporales de insumos.

3

Utilizará mercancías clasificadas formalmente como sensibles.

4

Requiere incorporarlas a su proceso industrial o de servicios autorizados.

Esto permite explicar al usuario una secuencia regulatoria fundamental:
Programa IMMEX
Ampliación Mercancías Sensibles
Importación Temporal Autorizada

Regla 3.3.6

¿Cuáles son los requisitos para una ampliación IMMEX de mercancías sensibles?

La regla 3.3.6 de las Reglas de la Secretaría de Economía establece una integración documental reforzada. Entre los principales elementos que integran el expediente se encuentran los siguientes:

01

Identificación de las mercancías sensibles

Debe declararse: fracción arancelaria, unidad de medida TIGIE, descripción comercial, producto final a fabricar, volumen máximo anual solicitado y valor estimado en dólares. La descripción utilizada debe permitir relacionar la mercancía declarada en pedimentos con la documentación comercial correspondiente.

02

Reporte de Contador Público Registrado

La solicitud debe acompañarse de un Reporte de Contador Público Registrado, emitido con una antigüedad no mayor a tres meses.

03

Domicilios operativos

Debe identificarse el domicilio fiscal y los establecimientos en los que la Compañía realiza las operaciones al amparo del Programa IMMEX.

04

Maquinaria y equipo

Debe integrarse un inventario físico de la maquinaria y equipo utilizados en los procesos industriales o de servicios.

05

Capacidad productiva instalada

Debe determinarse la capacidad productiva instalada mensual para los siguientes cuatro meses, considerando turnos de ocho horas.

06

Consumos, mermas y desperdicios

Se debe identificar el producto final, su clasificación arancelaria, el volumen de mercancía sensible que se incorporará y los porcentajes de mermas y desperdicios.

07

Personal

El reporte debe considerar al personal registrado ante el IMSS y, cuando corresponda, trabajadores involucrados mediante servicios especializados, incluyendo la documentación laboral y REPSE aplicable.

08

Proyecto de exportación

Debe identificarse a las empresas receptoras de los productos terminados y acreditarse documentalmente el proyecto de exportación, incluyendo los volúmenes mensuales previstos para los siguientes cuatro meses.

09

Descripción del proceso productivo

La Compañía debe explicar detalladamente el proceso industrial o de servicios utilizado para fabricar cada producto final con las mercancías sensibles.

10

Sistema Anexo 24

Debe acreditarse que la Compañía cuenta con el sistema de control de inventarios previsto en las Reglas Generales de Comercio Exterior.

11

Opinión positiva de cumplimiento fiscal (32-D)

La solicitud incluye una opinión positiva vigente emitida por el SAT conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

Análisis Técnico

¿En qué consiste el dictamen de capacidad instalada?

Reporte de capacidad productiva instalada para mercancías sensibles

Aunque en la práctica empresarial suele utilizarse la expresión “dictamen de capacidad instalada”, la regla 3.3.6 técnicamente exige un **Reporte de Contador Público Registrado**.

Este reporte permite acreditar ante la Secretaría de Economía que existe congruencia absoluta entre:

Infraestructura + Maquinaria + Personal + Proceso Productivo + consumo de mercancía sensible + producto final + mermas y desperdicios + volumen solicitado.

Su función central consiste en demostrar que las cantidades de mercancías sensibles cuya importación temporal se solicita son razonables frente a la capacidad real de producción de la Compañía. La regulación establece como referencia la capacidad productiva mensual para los siguientes cuatro meses y exige relacionarla con los productos, consumos de mercancía sensible, mermas y desperdicios.

¿Quién puede dictaminar la capacidad instalada IMMEX?

No puede emitirlo indistintamente cualquier contador o fedatario. La regla exige la intervención de un **Contador Público Registrado (CPR)**, quien debe identificar su nombre, número de cédula profesional y número de registro vigente ante la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF) de la SHCP.

Procedimiento Profesionista Requerido
Solicitud de Programa IMMEX nuevo / Fe de Hechos Corredor Público o Notario Público habilitado
Ampliación IMMEX por mercancías sensibles Contador Público Registrado (SHCP)
Cálculo de Cuotas

¿Cómo se determina cuánto puede importar una Compañía?

Volumen autorizado de mercancías sensibles

Primera Ampliación

La Secretaría de Economía establece como regla general que la cantidad máxima autorizable para un periodo de cuatro meses será equivalente a la **capacidad productiva instalada** correspondiente al mismo periodo (calculada a 8 horas por turno).

Operaciones Anteriores (Histórico)

Si la Compañía ya cuenta con operaciones anteriores, la regulación contempla como parámetro el **promedio mensual de importaciones efectuadas durante los doce meses anteriores multiplicado por cuatro**. Si requiere un monto superior, deberá acreditar el incremento real en la capacidad instalada.

Principio de justificación: El volumen solicitado no debe surgir únicamente de una proyección de compras; debe justificarse estrictamente mediante capacidad productiva y evidencia operativa.

Plazos de Resolución y Vigencia

¿Cuánto tarda una ampliación IMMEX de mercancías sensibles?

¿Cuánto tarda la Secretaría de Economía en autorizar una ampliación IMMEX?

15 días Resolución SE

Contados a partir de que el expediente se encuentra debidamente integrado.

10 días hábiles Visita (Si aplica)

Plazo máximo para que la autoridad efectúe la verificación domiciliaria.

4 meses Vigencia Autorización

Duración de la resolución autorizada para realizar las importaciones.

Criterio TradeLaw Advisors sobre tiempos reales:

El plazo legal de resolución de 15 días no equivale necesariamente al tiempo total del proyecto. Antes de presentar la solicitud ante la Ventanilla Digital (VUCEM), deben estar integrados el reporte del Contador Público Registrado, la capacidad instalada, el proceso productivo, el proyecto de exportación y la evidencia documental correspondiente.

Ciclo de Operación Recurrente

¿Qué es una ampliación subsecuente?

Renovación de mercancías sensibles IMMEX

La regulación no denomina propiamente al trámite como “renovación”; utiliza el concepto de **ampliación subsecuente**. Para solicitarla, la Compañía debe documentar de forma granular lo ocurrido con la autorización previa:

Volumen autorizado
Volumen importado
Pedimentos y facturas
Partidas específicas
Producto elaborado
Volumen retornado
Mermas y desperdicios
Destino de desperdicios
Requisito determinante: Para que proceda la ampliación subsecuente, la regla exige demostrar haber exportado el 100% del volumen total importado al amparo de la autorización anterior, justificando, en su caso, los saldos no ejercidos. Por ello, el verdadero cumplimiento comienza desde el primer pedimento.
Prórroga de Ejecución

¿Se puede extender la vigencia si no utilicé todo el saldo?

Ampliación de vigencia por saldo pendiente

Sí. Cuando la autorización todavía se encuentra vigente y existen volúmenes pendientes de importar, puede solicitarse una prórroga de cuatro meses para ejercer exclusivamente el saldo no utilizado.

Plazo límite de solicitud: Debe presentarse al menos 15 días hábiles antes de que venza la autorización original.

Para su trámite la Compañía deberá:

  • Identificar la autorización previa emitida.
  • Explicar de forma justificada por qué no utilizó el volumen autorizado.
  • Acreditar la necesidad técnica de extender el plazo de importación.
  • Acompañar evidencia comercial: contratos, órdenes de compra o pedidos en firme.
Cuadro Comparativo: Figuras de Ampliación IMMEX Sensibles
Figura Finalidad Principal
Ampliación inicial Obtener por primera vez autorización para importar temporalmente mercancías sensibles.
Ampliación subsecuente Obtener un nuevo volumen autorizado después de haber operado y retornado la autorización anterior.
Ampliación de vigencia Utilizar durante cuatro meses adicionales un saldo no ejercido de una autorización aún vigente.
Inspección de Autoridad

¿Puede haber visita de verificación?

Sí. Antes de emitir la resolución, la Secretaría de Economía y la autoridad competente de la SHCP (SAT / AGAFF) pueden realizar, conjunta o separadamente, una visita de verificación a los domicilios en los que se efectúen las operaciones.

Por ello, la Compañía debe estar preparada para que exista estricta correspondencia entre:

Expediente Documental ↔ Reporte CPR ↔ Maquinaria Física ↔ Personal IMSS/REPSE ↔ Proceso Productivo ↔ Capacidad Instalada ↔ Sistema Anexo 24 ↔ Instalaciones Reales

Auditoría de Verificabilidad

Un expediente sólido no debe limitarse a cumplir formalmente con listas; debe describir de manera verificable la realidad operativa.

Prevención de Rechazos

Errores frecuentes en una ampliación IMMEX de mercancías sensibles

Volumen sin soporte en capacidad

Solicitar volúmenes que no corresponden con la capacidad instalada real (turnos, personal y maquinaria).

Descripción incorrecta de mercancía

Discrepancias entre fracción arancelaria TIGIE, descripción comercial, pedimento y factura.

Inconsistencia insumo-producto

No relacionar claramente qué cantidad exacta de materia prima sensible se incorpora a cada producto final.

Mermas y desperdicios ilógicos

Declarar porcentajes de mermas y desperdicios que no corresponden al proceso industrial o no se justifican.

Anexo 24 sin congruencia

El control de inventarios no refleja entradas, consumos, descargos, retornos y desperdicios reales.

Proyecto de exportación débil

Volúmenes declarados sin respaldo en pedidos en firme, cartas de intención o contratos comerciales.

Propuesta de Valor

Nuestro servicio para ampliaciones IMMEX de mercancías sensibles

Asesoría especializada para ampliación IMMEX

En TradeLaw Advisors abordamos la ampliación como un proyecto técnico-regulatorio de continuidad operativa.

01

Diagnóstico de procedencia

Validamos mercancías, fracciones TIGIE, productos finales y naturaleza de la sensibilidad normativa.

02

Matriz documental

Organizamos los elementos legales, fiscales, productivos, aduaneros y contables requeridos.

03

Coordinación con CPR

Alineamos el reporte del Contador Público Registrado con la narrativa y documentación del expediente.

04

Capacidad y consumos

Analizamos volúmenes, capacidad instalada, consumos, mermas y desperdicios desde la perspectiva aduanera.

05

Integración de la ampliación

Preparamos y revisamos la documentación que será presentada formalmente en la Ventanilla Digital (VUCEM).

06

Seguimiento regulatorio

Acompañamos requerimientos, prevenciones y el desarrollo de visitas de verificación hasta la resolución.

07

Modelo para ampliaciones subsecuentes

Desde la autorización inicial estructuramos el control de información y trazabilidad (pedimentos, descargos, mermas) que será requerido de forma obligatoria para las siguientes gestiones.

¿Su Programa IMMEX requiere importar mercancías sensibles?

Podemos evaluar las fracciones, capacidad instalada y ruta documental antes de presentar la ampliación.

Estrategia Fiscal Integrada

Mercancías sensibles y Certificación IVA e IEPS

La operación de mercancías sensibles debe analizarse también dentro de la estrategia fiscal y de certificación de la Compañía. Dependiendo del modelo operativo, antigüedad del Programa, mercancías y situación de cumplimiento, la ampliación IMMEX puede constituir una etapa previa dentro de una estrategia posterior para solicitar el **Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS**.

Ecosistema de Cumplimiento

IMMEX → Sensibles → Ampliación → Capacidad → Anexo 24 → CIVA-IEPS

Preguntas Frecuentes

Respuesta a dudas clave sobre la ampliación IMMEX

¿Qué son las mercancías sensibles IMMEX?

Son mercancías comprendidas en el Anexo II del Decreto IMMEX y en el Anexo 3.3.2 de las Reglas de la Secretaría de Economía, sujetas a requisitos especiales y autorizaciones previas para su importación temporal.

¿Cuáles son las mercancías sensibles?

Entre las categorías identificadas por el SNICE se encuentran azúcar, productos siderúrgicos (hierro y acero), textiles y confección, aluminio, minerales de hierro, tabaco y neumáticos.

¿Puedo importar mercancías sensibles con mi IMMEX sin hacer ampliación?

No. Contar con un Programa IMMEX no autoriza automáticamente a operar bienes sensibles. Para ello se requiere obtener la resolución favorable de ampliación específica correspondiente.

¿Quién realiza el dictamen de capacidad instalada?

La regulación exige la emisión de un Reporte suscrito por un **Contador Público Registrado (CPR)** ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

¿Cuánto tarda una ampliación de mercancías sensibles?

El plazo legal de resolución es de 15 días una vez debidamente integrado el expediente. Sin embargo, deben contemplarse los plazos de visitas de inspección (hasta 10 días hábiles) o requerimientos informativos.

¿Cuánto dura la autorización?

La autorización tiene una vigencia legal de **cuatro meses**.

¿Qué sucede si no utilizo todo el volumen autorizado?

Puede solicitarse una ampliación de vigencia (prórroga por cuatro meses) para importar el saldo pendiente, siempre que se solicite al menos 15 días hábiles antes de su vencimiento.

¿Cuándo debo solicitar la ampliación de vigencia?

Por lo menos **15 días hábiles antes** del vencimiento de la autorización vigente.

¿Una ampliación subsecuente requiere nuevamente un reporte del Contador Público?

No necesariamente en todos los casos. Sin embargo, si la ampliación subsecuente deriva de la adición de un nuevo domicilio u operaciones no reportadas previamente, la regla exige su registro previo y la presentación del reporte previsto en la regla 3.3.6.

¿La autoridad puede visitar las instalaciones?

Sí. La Secretaría de Economía y la autoridad competente de la SHCP (SAT) pueden realizar una visita de verificación previa para constatar la existencia del domicilio, personal, infraestructura y maquinaria declarados.

Ignacio Javier Yáñez Porcayo
Revisión Técnica y Criterio Editorial

Contenido técnico revisado por Ignacio Javier Yáñez Porcayo

Partner | TradeLaw Advisors by FAS

Especialista en cumplimiento fiscal, aduanero y de comercio exterior con más de 20 años de experiencia asesorando a empresas IMMEX nacionales y transnacionales en autorizaciones complejas, litigio aduanero y auditorías.

Última actualización normativa: Agosto 2026
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