Revisión en Origen y Registro de Despacho | TLA
Servicio especializado en comercio exterior y cumplimiento aduanero

Revisión en Origen y Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas

Convierte la identificación y corrección de diferencias aduaneras en un proceso estructurado de autocontrol y cumplimiento.

La Revisión en Origen (RO) es un procedimiento especial previsto en el artículo 98 de la Ley Aduanera que permite a las empresas autorizadas importar mercancías bajo un esquema de mayor responsabilidad y autocontrol respecto de la información utilizada para elaborar sus pedimentos.

Para operar ordinariamente bajo este procedimiento, la Compañía debe obtener su inscripción en el Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas (artículo 100 de la Ley Aduanera y Capítulo 7.5 de las RGCE), cumpliendo requisitos fiscales, aduaneros, corporativos y operativos específicos.

Diagnóstico
Expediente 60/LA
Ventanilla Digital
Gestión AGACE
Implementación
Marco Legal & Operativa Aduanera

¿Qué es la Revisión en Origen?

Un procedimiento especial de despacho basado en autocontrol

La Revisión en Origen se encuentra prevista en el artículo 98 de la Ley Aduanera y permite que el importador verifique y asuma, bajo su responsabilidad, como ciertos los datos proporcionados por sus proveedores para elaborar los pedimentos de importación.

Esto representa una diferencia sustantiva frente al despacho tradicional: la Compañía adquiere un papel central en la validación, conciliación y eventual corrección de la información comercial y aduanera relacionada con sus operaciones.

El Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas, previsto en el artículo 100 de la Ley Aduanera y regulado por el Capítulo 7.5 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, constituye la autorización formal mediante la cual las empresas pueden acceder ordinariamente a este procedimiento.

Diferenciación Conceptual Clave

Revisión en Origen (RO)

El procedimiento legal de despacho (Art. 98 y 99 Ley Aduanera) para validar y autocorregir datos del proveedor.

Registro del Despacho de Mercancías

Esta diferencia es fundamental para estructurar correctamente el proyecto.

Propuesta de Valor Operativa

Beneficios de operar bajo Revisión en Origen

En operaciones de alto volumen pueden existir diferencias entre lo solicitado al proveedor, lo facturado, lo embarcado, lo declarado en aduana y lo finalmente recibido físicamente en planta.

Facilita la corrección de diferencias

Permite efectuar rectificaciones de determinados datos declarados en pedimentos (fracción arancelaria, cantidades, unidades de medida, descripción, precio unitario, marcas, bultos y números de identificación) conforme a la Regla 3.7.30 de las RGCE.

Favorece la autocorrección espontánea

La legislación contempla mecanismos específicos para efectuar pagos espontáneos y regularizar diferencias identificadas con posterioridad al despacho, mitigando multas y sanciones severas.

Reduce fricciones operativas

Especialmente útil para Compañías con múltiples proveedores, miles de números de parte, embarques consolidados, Programa IMMEX o altos volúmenes de importación con recepción automatizada.

Convierte el dato aduanero en compliance

Estructura conciliaciones sistemáticas entre documentación comercial, pedimentos, inventarios en ERP/WMS y recepción física de mercancías.

Escenarios de Acceso

¿Quiénes pueden solicitar el Registro?

Dirigido a personas morales constituidas conforme a la legislación mexicana que cumplan los requisitos fiscales, aduaneros y operativos correspondientes.

Escenario A

Empresas con Programa IMMEX

Las Compañías que cuenten con un Programa IMMEX vigente (Industrial o Servicios) pueden solicitar su inscripción al Registro cumpliendo con los requisitos generales.

Ventaja Clave: No requieren acreditar el monto mínimo de importaciones aplicable a empresas sin programa de fomento.
Escenario B

Empresas sin Programa IMMEX

Las empresas importadoras ordinarias que no cuenten con IMMEX deberán acreditar haber realizado importaciones por un valor superior al umbral legal vigente en el ejercicio anterior ($175M MXN).

Inicio de Operaciones: Es posible estimar el volumen de importaciones si se trata del primer ejercicio fiscal.

¿No sabe si su Compañía cumple con las condiciones?

Efectuamos un diagnóstico de viabilidad previo para determinar si su empresa califica y qué adecuaciones requiere.

Evaluación Multidimensional

Principales requisitos para obtener el Registro

El Registro exige un cumplimiento integral. La autoridad no evalúa únicamente el área de comercio exterior, sino la congruencia fiscal, corporativa, laboral y contable.

Dimensión 01

Cumplimiento Fiscal y Corporativo

  • Opinión positiva de cumplimiento fiscal (Art. 32-D).
  • Certificados de Sello Digital (CSD) vigentes y activos.
  • Buzón tributario actualizado.
  • Situación fiscal limpia de socios, accionistas y administradores.
Dimensión 02

Situación Aduanera y Padrón

  • Padrón de Importadores (y sectores específicos) activo.
  • Identificación formal de Agentes/Agencias Aduanales o Apoderados.
  • Designación de empresas transportistas autorizadas.
Dimensión 03

Inventarios y Contabilidad

  • Sistema de control de inventarios (Anexo 24).
  • Contabilidad electrónica al día transmitida al SAT.
  • Consistencia entre inventarios físicos, ERP/WMS y pedimentos.
Dimensión 04

Domicilios y Operación Real

  • Domicilio fiscal y plantas registradas como "Localizados".
  • Coincidencia exacta entre domicilios RFC, VUCEM e IMMEX.
  • Acreditación legal del uso o goce de todas las bodegas e instalaciones.
Dimensión 05

Cumplimiento Laboral y Seguridad Social

Verificación de la plantilla laboral registrada ante el IMSS/SUA, pago oportuno de cuotas obrero-patronales, retenciones de ISR enteradas y cumplimiento en contratación de servicios especializados (REPSE) cuando resulte aplicable.

Metodología Especializada TradeLaw Advisors

¿Cómo obtenemos el Registro? Nuestro proceso

Acompañamos a su empresa desde la evaluación preventiva hasta la puesta en marcha del esquema de autocontrol aduanero en 6 etapas:

01
01

Diagnóstico de Viabilidad

Evaluación técnica, fiscal y aduanera para determinar si la Compañía cumple los requisitos del Registro e identificar posibles brechas antes de iniciar formalmente.

02
02

Matriz de Cumplimiento

Estructuración de requisitos aplicables y revisión de evidencia corporativa, fiscal, aduanera, contable y operativa necesaria para sustentar la solicitud.

03
03

Integración del Expediente (60/LA)

Coordinación documental y armado del expediente soporte conforme a la Ficha de Trámite 60/LA, consolidando agentes aduanales, apoderados y transportistas.

04
04

Solicitud mediante Ventanilla Digital

Preparación, captura electrónica, firmado digital y transmisión formal de la solicitud a través del portal de la VUCEM ante la AGACE.

05
05

Seguimiento y Atención a la Autoridad

Monitoreo continuo del trámite y atención de requerimientos de información o aclaraciones formulados por las autoridades de la AGACE.

06
06

Preparación para la Operación

Orientación sobre el mantenimiento de la autorización, avisos de modificación, renovaciones y diseño de controles internos para operar el esquema.

El Verdadero Reto está en su Operación

Una cadena ininterrumpida de conciliación aduanera

Obtener el Registro y operar correctamente la Revisión en Origen son dos etapas distintas. La Compañía debe contar con controles capaces de reconciliar la información a lo largo de 9 nodos críticos:

Orden de Compra
Factura Comercial
Packing List
ASN (Aviso)
COVE (VUCEM)
Pedimento
Recepción Física
Anexo 24 / ERP
Contabilidad

Cuando se identifica una diferencia, ésta debe analizarse jurídicamente para determinar la vía procedente: rectificación de pedimento, pago espontáneo, incorporación de mercancías no declaradas o retorno al extranjero.

Artículo 99 Ley Aduanera

¿Qué es el cálculo del artículo 99 de la Ley Aduanera?

Uno de los elementos característicos de la Revisión en Origen es el cálculo anual de autocorrección. Este mecanismo compara las diferencias identificadas y corregidas espontáneamente por la Compañía frente a las detectadas por las autoridades aduaneras durante facultades de comprobación.

Si el porcentaje de contribuciones y cuotas compensatorias omitidas detectadas por la autoridad supera el margen de error calculado conforme a la fórmula legal, puede derivarse un pago adicional. Por ello, la detección oportuna en planta protege directamente el equilibrio económico del esquema.

Control Anual Obligatorio

Implementar autocontroles no es solo buenas prácticas: es la base para mantener un margen de error favorable en el cálculo anual.

Efecto Multiplicador en Manufactura

Revisión en Origen para empresas IMMEX

Para una Compañía IMMEX con alto volumen de importaciones temporales, múltiples números de parte y proveedores recurrentes, la Revisión en Origen representa un blindaje operativo único para corregir pedimentos temporales y mercancías no declaradas detectadas espontáneamente.

Integración: IMMEX + Anexo 24 + ERP/WMS + Pedimentos + Recepción + Expediente
Regla 7.3.3., Fracción XVII RGCE

Revisión en Origen y Certificación OEA

Las empresas con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas modalidad Operador Económico Autorizado (OEA) pertenecientes a sectores estratégicos gozan de facilidades especiales adicionadas.

Sector Eléctrico
Sector Electrónico
Sector Autopartes
Sector Automotriz
Tratamiento Técnico Diferenciado

¿Qué sucede si existen diferencias en las mercancías?

No todas las discrepancias detectadas en planta reciben el mismo tratamiento aduanero ni producen el mismo impacto legal:

Diferencias en Pedimento (Rectificación):

Fracción arancelaria, cantidades, unidades de medida, descripción, precio unitario o bultos pueden ser objeto de rectificación bajo la Regla 3.7.30.

Mercancía Excedente o No Declarada:

Dependiendo de las circunstancias, del régimen aduanero y de si existe o no un acto de comprobación, existen alternativas de corrección, importación temporal, pago espontáneo o retorno.

Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA):

Alerta Crítica: La Revisión en Origen NO elimina la obligación de cumplir NOM, permisos, avisos o licencias. La falta de una RRNA produce consecuencias sustancialmente distintas a una discrepancia cuantitativa.

Mantenimiento y Control

Obligaciones después de obtener el Registro

El Registro debe administrarse como un programa permanente de compliance aduanero:

  • Mantener el cumplimiento fiscal y aduanero limpio (Opinión 32-D).
  • Presentar avisos de modificación respecto de agentes aduanales o transportistas.
  • Tramitar la renovación oportuna del Registro.
  • Presentar anualmente el cálculo previsto en el artículo 99 de la LA.
Enfoque Jurídico, Operativo y de Compliance

Revisión en Origen exige entender la norma y la realidad operativa

En TradeLaw Advisors abordamos la Revisión en Origen desde una perspectiva integral que fusiona el rigor jurídico-aduanero con los procesos reales de su planta.

Diagnóstico Preventivo: Evaluamos la viabilidad antes de presentar la solicitud e identificamos brechas que puedan comprometer el trámite.
Lectura Jurídico-Operativa: Analizamos conjuntamente Ley, Reglamento y RGCE con la forma en que se reciben y documentan físicamente los materiales.

"Buscamos que el beneficio aduanero se encuentre plenamente soportado por procesos internos, controles de inventario y evidencia documental idónea."

¿Listos para iniciar?

Evalúe si su empresa cumple con las condiciones para solicitar el Registro.

Respuestas a Consultas Frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la Revisión en Origen

Ignacio Javier Yáñez Porcayo
Revisión Técnica y Criterio Editorial

Contenido técnico revisado por Ignacio Javier Yáñez Porcayo

Partner | TradeLaw Advisors by FAS

Especialista en cumplimiento fiscal, aduanas y comercio exterior con más de 20 años de experiencia asesorando a empresas IMMEX y multinacionales en la estructuración de esquemas de autocontrol, litigio aduanero y Registro del Despacho de Mercancías.

Última actualización normativa: Septiembre 2026
Certeza Jurídica y Autocontrol

¿Su operación está preparada para trabajar bajo Revisión en Origen?

Antes de solicitar el Registro, determine si sus sistemas, controles de inventario y procesos de comercio exterior cuentan con la madurez necesaria para administrar correctamente el esquema.

Ubicaciones

CDMX: Av. Insurgentes Sur 428, Oficina 419, Hipódromo, Cuauhtémoc, 06760, Ciudad de México, CDMX

Puebla: Boulevard de los Reyes 6431, Int 606, San Bernardino Tlaxcalancingo, 72820, San Andrés Cholula, Puebla

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