Inscripción al RIPS para productos siderúrgicos | TLA
Programas, certificaciones y servicios regulatorios • RIPS

Inscripción al Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos (RIPS)

Gestión especializada para importadores recurrentes de acero y productos siderúrgicos

El Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos —RIPS— permite a las Compañías elegibles solicitar uno o varios Avisos Automáticos de Importación de Productos Siderúrgicos con vigencia anual, asociados a las fracciones arancelarias autorizadas.

En TradeLaw Advisors by FAS acompañamos integralmente el proceso de inscripción al RIPS: evaluamos su procedencia, revisamos el historial de importaciones definitivas, conciliamos fracciones arancelarias y NICO, identificamos proveedores, productores y molinos, analizamos certificados de molino o de calidad e integramos el expediente que será presentado ante la Secretaría de Economía.

Revisar requisitos
Servicios especializados destacados

RIPS — Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos

Gestionamos la inscripción al Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos, integrando fracciones, proveedores, molinos, certificados y el expediente ante la Secretaría de Economía.

Nuestras prácticas

Programas, certificaciones y servicios regulatorios

Acompañamiento experto en la tramitación del RIPS, Inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos, Avisos Automáticos de Aluminio (AAIA) y cumplimiento aduanero integral.

¿Qué es el RIPS?

El Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos es un esquema administrado por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior —DGFCCE— de la Secretaría de Economía.

A diferencia del esquema ordinario, en el que el importador gestiona un Aviso Automático de Importación de Productos Siderúrgicos por operación, el RIPS puede permitir la autorización de avisos con vigencia de un año y volúmenes determinados por fracción arancelaria.

Una misma solicitud puede comprender una o varias fracciones arancelarias, siempre que cada una se encuentre debidamente sustentada y corresponda a mercancías sujetas al esquema. La autoridad podrá autorizar, por fracción, hasta una cantidad equivalente al volumen de las importaciones definitivas realizadas durante los 12 meses inmediatos anteriores.

El RIPS no constituye una autorización abierta para importar cualquier mercancía siderúrgica ni sustituye el Padrón de Importadores o el Padrón de Importadores de Sectores Específicos. Su utilización permanece sujeta al control de fracciones, NICO, volúmenes, proveedores, molinos, certificados y obligaciones posteriores.

¿Qué ventajas puede representar el RIPS?

Para una Compañía con importaciones recurrentes, el RIPS puede reducir la necesidad de gestionar avisos individuales por cada operación y facilitar la planeación regulatoria de sus flujos de abastecimiento. Entre sus principales ventajas se encuentran:

Posibilidad de integrar varias fracciones arancelarias en una misma solicitud.
Avisos automáticos con vigencia anual.
Planeación anticipada de volúmenes por fracción arancelaria.
Menor recurrencia de trámites operación por operación.
Mayor visibilidad sobre proveedores, productores y molinos.
Organización de certificados de molino y de calidad.
Fortalecimiento de la trazabilidad documental del acero.
Mejor coordinación entre comercio exterior, compras, logística y agente aduanal.

La conveniencia del RIPS debe analizarse de acuerdo con el historial real de la Compañía, la estabilidad de su cadena de suministro y la calidad de la documentación disponible.

¿Quién puede solicitar la inscripción al RIPS?

El esquema se encuentra dirigido a importadores que cuenten con experiencia previa en operaciones definitivas de productos siderúrgicos y que puedan demostrar la trazabilidad de las mercancías incluidas en su solicitud. Entre los principales elementos de elegibilidad se encuentran:

  • Estar inscrito en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos aplicable.
  • Haber efectuado importaciones definitivas de productos siderúrgicos durante los 12 meses inmediatos anteriores.
  • Contar directa o indirectamente con proveedores en el extranjero.
  • Identificar las fracciones arancelarias y NICO que se pretende incorporar.
  • Contar con proveedores, productores y molinos identificados.
  • Verificar que los molinos aplicables se encuentren en el catálogo correspondiente (catálogo de molinos SNICE).
  • Disponer de certificados de molino o de calidad que soporten las operaciones.
  • Mantener una opinión positiva y vigente de cumplimiento de obligaciones fiscales.

Una Compañía que aún no cuente con historial de importaciones definitivas deberá evaluar la utilización de Avisos Automáticos de Importación de Productos Siderúrgicos por operación antes de considerar su inscripción al RIPS.

¿Qué mercancías pueden incluirse y qué certificados se requieren?

El RIPS comprende determinadas fracciones arancelarias de productos siderúrgicos previstas en el Anexo 2.2.1, numeral 8, fracción II, del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior. El análisis debe realizarse a nivel de fracción arancelaria y NICO.

Certificado de molino

Aplicable a determinadas mercancías comprendidas en las partidas 7206 a 7216, 7218 a 7228 y 7304. Este documento permite identificar al molino que produjo el acero y la información asociada con su fundición y colado.

Certificado de calidad

Aplicable a determinadas mercancías de las partidas 7202, 7217, 7229, 7301, 7302 y 7305 a 7317. Este documento identifica al fabricante que transformó el acero para elaborar la mercancía que será importada.

La clasificación arancelaria, el certificado y la descripción comercial deben guardar congruencia. Las diferencias en composición, dimensiones, tipo de acero, recubrimiento, acabado, peso, país o número de colada pueden provocar observaciones o requerimientos.

Metodología

Nuestro servicio de gestión RIPS

1

Diagnóstico de elegibilidad

Analizamos el modelo de importación, los antecedentes de la Compañía, el padrón sectorial, las fracciones arancelarias y el historial de operaciones definitivas, identificando brechas regulatorias.

2

Integración técnica por fracción

Conciliamos cada fracción y NICO con los pedimentos históricos, volúmenes, proveedores, productores, molinos, países y certificados correspondientes.

3

Revisión de molinos y certificados

Validamos la información del molino frente al catálogo SNICE y revisamos la consistencia general de los certificados de molino o de calidad.

4

Preparación del expediente

Elaboramos el escrito libre, las manifestaciones aplicables y el formato Excel oficial, organizando la documentación corporativa, fiscal y técnica.

5

Presentación ante Economía

Preparamos y presentamos el expediente ante la DGFCCE, conservando la evidencia de recepción y el control de los documentos remitidos.

6

Seguimiento y prevenciones

Damos seguimiento continuo a la solicitud y apoyamos en la atención oportuna de prevenciones o requerimientos de la autoridad.

7

Revisión de la resolución y control

Revisamos el número de registro, fracciones autorizadas, volúmenes y vigencia. Entregamos cuadro ejecutivo y calendario de obligaciones.

El RIPS exige cumplimiento posterior

La inscripción no concluye con la resolución favorable. Durante su vigencia, el titular debe conservar el cumplimiento de los requisitos, administrar los saldos autorizados, mantener la documentación disponible e informar los cambios aplicables.

Asimismo, deberá presentar reportes trimestrales respecto de los permisos emitidos al amparo del RIPS que mantengan saldo pendiente, aun cuando no hayan sido utilizados durante el periodo correspondiente.

Servicios de seguimiento continuo

TradeLaw Advisors puede apoyar adicionalmente en la administración integral de su registro:

  • Reportes trimestrales del RIPS
  • Renovación anual
  • Adición de nuevas fracciones
  • Ampliación de volúmenes
  • Inscripción de molinos
  • Revisión de certificados de molino
  • Gestión de AAIPS por operación
  • Auditoría de trazabilidad documental
Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el RIPS

¿Importa acero o productos siderúrgicos y necesita el RIPS?

En TradeLaw Advisors by FAS podemos realizar una evaluación inicial de su operación y definir la ruta documental más adecuada para la inscripción.

222 708 8099
Revisión técnica: Ignacio Javier Yáñez Porcayo Última actualización: 19 de agosto de 2026 Fuente oficial: SNICE Secretaría de Economía
Ubicaciones

CDMX: Av. Insurgentes Sur 428, Oficina 419, Hipódromo, Cuauhtémoc, 06760, Ciudad de México, CDMX

Puebla: Boulevard de los Reyes 6431, Int 606, San Bernardino Tlaxcalancingo, 72820, San Andrés Cholula, Puebla

Menu
Contáctanos

© 2026 Tradelaw Advisors.                                Aviso de Privacidad                     Términos y Condiciones.